La Interculturalidad en la Historia de Bolivia


Concibiendo un análisis de la primera carta magna de Bolivia y los distintos cambios que suscitaron en el transcurso del tiempo, haciendo hincapié en la evolución que tuvo la interculturalidad, podemos tomar en cuenta lo siguiente:
En la primera Constitución Política de Bolivia de 1826, se puede evidenciar que en los en los artículos 11, 14, 17, 24, 27, 42, 46 y 50 marca en los bolivianos la diferencia de ciudadanos y no ciudadanos: para ser reconocido como ciudadano la persona debe saber leer y escribir consecuentemente para poder tener un empleo y ejercer cargos públicos es necesario ser ciudadano[1]; tenemos que tomar en cuenta que en ese tiempo una gran mayoría de bolivianos no sabía leer y escribir, además de dar otra figura a la esclavitud.
En las modificaciones de la Constitución Política de 1871 se suprime la expresión “República única e indivisible” establecida en la constitución de 1861, por la “República democrática y representativa”, aun que continuaba el poder con una minoría – denominada casta privilegiada –, ya en la carta magna se empezaba a definir la democracia y la representación de las distintas culturas que conforman Bolivia[2].
En la Constitución de 1938, después de la campaña del Chaco, se abre el cauce del constitucionalismo social introduciendo los regímenes social (art. 121 al 130), familiar (art. 131 al 133), cultural (art. 154 al 164), y por primera vez del campesinado (art. 165 al 167)[3].
En 1961 fue cambiada la Constitución gracias a la llamada “Revolución de 1952”, con varios cambios trascendentales, para fines del presente trabajo nos interesa resaltar la incorporación en su texto el voto universal incluyendo el de los analfabetos.
Ya en 1994, en las modificaciones de la carta magna se reforma el artículo 1ro., incorporando el carácter Multiétnico y Pluricultural de la nación, como resultado de las movilizaciones indígenas que reclaman por sus derechos.
Y finalmente, en la con el referéndum del 25 de enero de 2009, fue promulgada la nueva carta magna de Bolivia, el 07 de febrero de 2009 con la incorporación de “Intercultural” en el Art.1:
“Artículo 1. Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”.
Podemos sintetizar que se interactúa con la interculturalidad en todo momento – actualmente con más fuerza – y en distintos tiempos; generalmente con una interculturalidad negativa, con la esperanza de alcanzar una interculturalidad positiva.
OFC.


[1] Constitución Política (1826).
[2] Antezana, Luis (2003). Práctica y Teoría de la Asamblea Constituyente.
[3] http://constituyentesoberana.org/info/?q=historia-constituciones-bolivia.

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